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Mesa del juez
2. Juicio de Partición.
Procedimiento judicial que se realiza cuando alguno de los herederos se opone a la partición o división de los bienes que componen la herencia, por lo que se debe recurrir a un juez partidor.

Servicios incluidos:

  • Entrevista presencial o telemática con el o los clientes.

  • Recopilación de antecedentes de los bienes de la Herencia.

  • Negociación y mediación entre los herederos con objeto de no llegar al juicio de partición.

  • Redacción de la demanda civil de designación de juez partidor.

  • Tramitación del juicio civil hasta la obtención de la sentencia.

  • Tramitación del juicio de Partición ante el Juez Partidor hasta obtener la partición definitiva de los bienes de la herencia.

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A considerar.

  • El proceso puede demorar 2 años o más.

  • El juez partidor cobrará honorarios que equivale a cerca del 10% de la herencia.

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