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Mesa del juez
6. Usufructo Vitalicio.
Acto por el cual una persona entrega a un familiar o un tercero el uso y goce, es decir la facultad de usar una cosa y aprovechar sus frutos, incluidas las rentas de arrendamiento, sobre una propiedad de forma gratuita y de por vida.

Servicios incluidos:

  • Entrevista presencial o telemática con el o los clientes.

  • Redacción de la escritura de Usufructo vitalicio.

  • Revisiones por parte del cliente - Coordinación de firma en Notaría.

  • Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.

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A considerar:

  • Para revocar el usufructo se requerirá el acuerdo de ambas partes involucradas.

  • Quien otorga el usufructo no dejará de ser dueño de la propiedad si así se ha establecido.

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