
LEY A TU ALCANCE

¿Qué es una sociedad?
Una sociedad es una persona jurídica, que tiene casi todos los atributos de una persona natural, y que nace a través de una escritura de constitución (contrato de sociedad), en la que dos o más socios estipulan realizar aportes determinados para reunir el capital social y emprender un negocio.
La sociedad es una persona jurídica independiente a los socios, por lo que puede realizar todo tipo de actos jurídicos y comerciales como contratos, solicitar préstamos, contratar personal entre otros, siempre a través de su o su representantes legales.
El tipo social que escojan los socios será el sustento legal que da estructura a la empresa que se pretende comenzar, por lo que su elección depende de un gran número de factores, en especial el negocio que se pretende emprender.
En chile existe un gran numero de tipos de sociedades, como las sociedades anónimas, sociedades por acciones y otras. Cada una de ellas presenta ventajas y desventajas, por lo que es importantísimo la asesoría profesional para la correcta elección de la estructura social para tu negocio.
Elementos importantes de toda sociedad:
1. Existencia de socios:
Tradicionalmente siempre se ha hablo de la necesidad de al menos dos socios para formar una sociedad, pero en la actualidad con los nuevos tipos sociales como las EIRL o SPA basta una sola persona para constituirlas.
2. obligación de realizar aportes:
Todos los socios de una sociedad tienen la obligación de realizar aportes al momento de constituir la sociedad o cuando los socios lo determinen, con los que se crea el capital social, los aportes pueden ser en dinero, bienes, trabajo o servicios siempre que sean apreciables en dinero.
Los socios no pueden retirar el capital aportado durante la vigencia de la sociedad.
El capital social no debe confundirse con el activo social, que es el que se va a desarrollar con el funcionamiento de la sociedad, el que puede aumentar o disminuir, pero el capital social siempre va a ser el mismo.
3. Personalidad jurídica propia de la sociedad.
Como la definición lo dice, se crea una persona distinta de los socios, por lo que puede actuar como un individuo independiente en el mercado y en el derecho, pudiendo:
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Puede realizar todo tipo de contratos o actos legales.
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Funciona en el comercio como un comerciante.
4. El patrimonio de la sociedad es autónomo:
Luego de realizarse los aportes por los socios constituyentes, el patrimonio es independiente, por lo que los acreedores de los socios no pueden perseguir directamente a la sociedad, y los acreedores de la sociedad a los socios.
Dependiendo del tipo social, los socios pueden ser o no, responsables con su patrimonio de las deudas sociales.
Tipos de sociedades.
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Colectivas.
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Anónimas.
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En Comanditas.
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De Responsabilidad limitada.
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Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL)
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Sociedades por acciones.
Sociedades colectivas:
Este es el tipo de sociedad más antiguo de nuestro derecho, se trata de una sociedad que nace de un contrato entre personas, creando una sociedad con personalidad jurídica propia.
Son sociedades que se constituyen en base a la confianza entre los socios, por lo que se administra en conjunto por todos ellos, todos pueden actuar en nombre de la sociedad y los socios no pueden ceder o transferir sus derechos sobre la sociedad.
Los socios responden ilimitadamente con sus propios patrimonios de las deudas sociales, lo que hace que hoy sean muy poco utilizadas.
Principales características:
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Se puede constituir partir de dos socios.
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Los mismos socios la administran, o bien un tercero mediante poder notarial.
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Responsabilidad ilimitada, por ende, los socios responden por igual y con el patrimonio de la empresa y personal.
Sociedades Anónimas:
Son el tipo social más preferido por las grandes empresas por las facilidades que otorga para hacer crecer la empresa e incorporar accionistas.
Son aquellas sociedades en las que el capital está dividido en acciones, son administradas por un directorio formado por miembros temporales y revocables, poseen un solo representante legal que será el gerente general.
Los socios responden de las deudas sociales solo hasta el monto de sus aportes.
Los derechos sobre la sociedad, representado por las acciones son en general transables libremente.
Principales características:
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Puede ser comercial, civil o ambas.
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Está constituido por accionistas.
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Puede ser abierta o cerrada.
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Tributa como Primera Categoría.
Sociedades en Comanditas:
Son aquellas sociedades en al que existen dos tipos de socios, los comanditarios o capitalistas, que son aquellos que solo aportan capital y los socios gestores que son lo que administrarán la empresa, pero que no aportarán al capital social.
Los socios comanditarios o capitalistas responden las deudas sociales solo hasta el monto de sus aportes, pero los gestores responden de forma ilimitada con su patrimonios sobre las deudas de al sociedad.
Principales características:
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Los socios comanditarios no aparecen en la razón social de la empresa.
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Responsabilidad limitada de los comanditarios.
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Socio activo responde ilimitadamente.
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Tributa como Primera Categoría.
Sociedades de Responsabilidad Limitada:
Son aquellas sociedades formadas solo por personas naturales y donde todos los socios la administras en conjunto o por un administrador mandatado por los socios.
La particularidad de este tipo social es que los socios solo responden de las deudas sociales hasta el monto de sus aportes o uno superior que establezcan en los estatutos de la sociedad.
Principales características:
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Mínimo dos y máximo 50 socios.
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Las decisiones se toman por unanimidad.
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Socios responden según el capital social que aportaron.
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Tributa como Primera Categoría.
Empresas Individual de Responsabilidad Limitada:
Es una figura legal relativamente nueva parecida a una sociedad de responsabilidad limitada, pero en este caso es constituida por una sola persona.
Es la más utilizada por empresarios que buscan iniciar un negocio y tomar todas las decisiones individualmente, sin socios. Es un tipo de organización en el que cualquier persona natural puede adquirir personalidad jurídica.
El titular o dueño solo responde de las deudas de la empresa hasta el monto de lo aportado a la empresa, y el EIRL obviamente responde con todo su patrimonio de las deudas contraídas en el giro de la empresa.
Esta empresa tendrá personalidad jurídica propia e independiente del dueño, por lo que la empresa tendrá un domicilio, Rut, y patrimonio propio.
Características principales:
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Es una persona jurídica con un patrimonio distinto al de su titular.
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El titular de la EIRL es siempre una persona natural.
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La EIRL es siempre comercial.
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La EIRL podrá desarrollar operaciones civiles y comerciales, salvo aquellas reservadas por ley a las sociedades anónimas, por ejemplo, bancos y compañías de seguros.
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El administrador es el titular, quien representa a la EIRL judicial y extrajudicialmente, con todas las facultades de administración y disposición.
Sociedades Por Acciones (SpA):
Las Sociedades por Acciones (SpA) son un tipo de sociedad de capital caracterizada por su flexibilidad: otorga a los accionistas la facultad de regular libremente la casi totalidad de los aspectos de la sociedad.
El rasgo jurídico más relevante de estas sociedades consiste en que ella puede tener originaria o derivativamente un solo accionista.
Está especialmente dirigida a quienes inician una empresa en solitario, pero pretenden ir incorporando socios.
Principales características:
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No requiere un directorio para su conformación.
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Puede tener múltiples objetivos (giros).
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Puede estar conformado por uno o más accionistas.
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Tributa como Primera Categoría.
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Es flexible en su administración.
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Al igual que el resto de las sociedades en Chile pueden ser constituidas de manera tradicional o a través de “empresa en un día”.